Ayudas para el arrendamiento de viviendas

Publicado en el DO de CLM de hoy miércoles

Consejería de Fomento Corrección de errores de la Orden 80/2018, de 22 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas. (DOCM número 108 de 04/06/2018). [2018/9296] Publicada la Orden 80/2018, de 22 de mayo, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas.

Habiéndose advertido la existencia de errores, se procede a efectuar su rectificación. En la página 15344, Artículo 12, párrafo b) Donde dice: b) Que las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, tengan, en conjunto, unos ingresos máximos ponderados (conforme a lo estipulado en el art 7.c) iguales o inferiores a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).                    Si al menos uno de los solicitantes de la ayuda es mayor de 64 años, los ingresos máximos ponderados de la unidad de convivencia serán iguales o inferiores a 3 veces el Iprem. Debe decir: b) Que las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento, tengan, en conjunto, unos ingresos máximos ponderados (conforme a lo estipulado en el art 7.c) iguales o inferiores a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). Si al menos uno de los solicitantes de la ayuda es mayor de 65 años, los ingresos máximos ponderados de la unidad de convivencia serán iguales o inferiores a 3 veces el Iprem

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